Trámites para alquilar un piso en Madrid

10 de noviembre de 2019
Trámites para alquilar un piso en Madrid
Trámites para alquilar un piso en Madrid. En este artículo trataremos de ayudar a las personas que quieran poner en alquiler su piso . A la hora de alquilar nuestro piso son varias las interrogantes a las que nos enfrentamos: Varias de ellas ya las hemos resuelto en anteriores artículos, hoy trataremos de aclarar...

Cuáles son los trámites para alquilar un piso en Madrid

Enumeraremos, los requisitos más importantes para alquilar tu piso.
  • Título de propiedad: Antes de alquilar nuestra vivienda debemos de asegurarnos de tener bien documentado el título de propiedad, deberíamos de tener una copia de la escritura de la compra, herencia, donación…etc a través de la cual el inmueble ha llegado a nosotros. Puede darse el caso que una persona que esté alquilando un inmueble que no es suyo. No necesariamente es una cuestión de mala fe o estafa. Por ejemplo, una vivienda heredada por varias personas pero que aún no han tramitado la aceptación de la herencia.
  • Cédula de habitabilidad: Es un documento administrativo que certifica que el inmueble consta de las características necesarias para ser habitado. Las compañías de suministros exigen este requisito para darnos de alta en su servicio. En Madrid, desde 2.018, ya no es necesaria la cédula de habitabilidad. En la actualidad se han creado otros títulos de carácter jurídico que regulan la habitabilidad. Estos pueden ser la Licencia de Primera Ocupación, la Inspección Técnica de Edificios o el Informe de Evaluación de Edificios.
  • ITE del edificio: La inspección técnica del edificio o ITE es un control técnico que determinadas ciudades españolas obligan a hacer a los propietarios de edificios.
  • Certificado energético: La ley obliga a que cualquier vivienda que se ponga en alquiler (salvo contadísimas excepciones) cuente con un certificado de eficiencia energética. Además, habremos de entregar al inquilino una copia del mismo.
  • Contrato de arrendamiento: Debemos de firmar con el inquilino un contrato de arrendamiento. Si la vivienda que estamos alquilando va a servir como vivienda habitual del inquilino debemos de regirnos por la Ley de Arrendamientos Urbanos. Si no respetamos lo establecido en la LAU podremos estar ante un contrato de arrendamiento nulo.
  • Gestión de suministros e impuestos: Una vez firmado el contrato de arrendamiento debemos de proceder al cambio de titular de los suministros de la vivienda según se haya pactado en el contrato. En algunas ocasiones también el inquilino se hace responsable del pago de determinados impuestos.
  • Gestión de las fianzas y garantías adicionales: Las fianzas que genere el contrato deben de ser depositadas en el organismo correspondiente. Son las comunidades autónomas quienes deciden qué organismos gestionan las fianzas. Contratar a una empresa de gestión integral de inmuebles puede ser una buena alternativa para agilizar todos estos requisitos y trámites para alquilar un piso en Madrid.

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